Objetivo
Promover políticas integrales orientadas a establecer ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género.
Políticas y protocolos institucionales sobre acoso sexual, violencia y discriminación de género, reunidos en un solo lugar de acceso para toda la comunidad universitaria.
Publicada en el Diario Oficial el 15 de septiembre de 2021, regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior, y obliga a las instituciones a contar con políticas y procedimientos propios.
Promover políticas integrales orientadas a establecer ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género.
Que esos ambientes alcancen a todas las personas que se relacionen en comunidades académicas de educación superior, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual.
En cumplimiento de la ley, la Universidad pone a disposición de la comunidad el conjunto de instrumentos que ha dictado en la materia.
Los cinco instrumentos que la Universidad mantiene en el repositorio de cumplimiento de la Ley N° 21.369. Cada ficha indica el decreto que oficializa el documento y abre el texto oficial.
Instrumento marco de la Universidad en la materia: fija los principios, compromisos y líneas de acción para prevenir, abordar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la comunidad universitaria.
Define la posición institucional en materia de igualdad de género, equidad y reconocimiento de las diversidades sexuales, y orienta las medidas que la Universidad adopta en esos ámbitos.
Implementa en la Universidad el modelo obligatorio de la Ley N° 21.369: estándares probatorios reforzados, órganos especializados, prohibición de mediación en casos de violencia de género y medidas de resguardo desde el primer día. Es el procedimiento especializado en esta materia.
Protocolo de actuación aprobado en 2020, anterior a la implementación de la Ley N° 21.369 mediante el Decreto N° 30/SU/2022. Se conserva en el repositorio como parte del cuerpo normativo institucional en la materia.
Orientaciones prácticas para el uso de lenguaje incluyente y no sexista en la comunicación institucional, académica y administrativa de la Universidad.
La UPA recibe las denuncias en materias de acoso, violencia y discriminación, y brinda acompañamiento especializado y confidencial a estudiantes, académicas/os y funcionarias/os.
Una vez instruido el procedimiento, la investigación es conducida por la Oficina de Procedimientos Especializados. La Fiscalía Universitaria no recepciona denuncias: sustancia los procedimientos disciplinarios una vez que la autoridad los ha instruido.
Este repositorio fue publicado en noviembre de 2023. Con posterioridad, el Decreto N° 28/SU/2025 reorganizó la Secretaría General: la unidad antes denominada Fiscalía de Género pasó a llamarse Oficina de Procedimientos Especializados, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y parte de la Unidad de Fiscalía Universitaria.
Los textos se publican en su versión original. Las referencias orgánicas que contengan deben leerse conforme al Decreto N° 28/SU/2025.