Rector por fallo del TC: “la puerta quedó abierta para que entre el lucro”
2018/03/28Boletín Normal, noticias- Sus declaraciones fueron vertidas en el contexto de las sesiones de trabajo ordinario que sostienen, cada mes, los integrantes del Consorcio de Universidades del Estado de Chile y del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas.
-Ambos organismos también rechazaron el cambio en la Reforma de la Educación Superior. Incluso, el CUECh pide que se reponga el artículo en el Congreso.
Tras presentar su candidatura para un segundo período rectoral, el Dr. Juan Oyarzo Pérez viajó a Santiago para participar de la sesión ordinaria del Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECh) y la del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), en medio de lo cual las autoridades académicas se enteraron del fallo del Tribunal Constitucional, por el cual 6 de sus 10 integrantes decidieron anular el artículo 63 de la Ley de Educación Superior, que prohibía la inclusión de sostenedores con fines de lucro en la administración de las Universidades.
“Esto pasa a llevar lo acordado en el Congreso, después de varios años discutiendo el proyecto con el CRUCH, el CUECh y diversas organizaciones ciudadanas”, sentenció el rector de la Universidad de Magallanes, agregando que “es muy delicado, porque quiere decir que ¿cualquier cosa que no le guste al Tribunal Constitucional, lo va a cambiar?”, reflexionó.
Al mismo tiempo, el Dr. Oyarzo comentó los dichos del Ministro de Educación, Gerardo Varela, quien sostuvo una reunión con los rectores del CUECh. “Claro, no altera la ley, pero da espacio al lucro. Es, simplemente, seguir con un sistema de libre mercado. Y la Superintendencia que viene, tendrá que ejercer mucho control, porque la puerta quedó abierta para que entre el enriquecimiento a partir de un derecho social, como es la educación”, comentó.
Reacciones del CUECh
Los rectores de las 18 Universidades del Estado emitieron la siguiente declaración:
“La educación de calidad, constituida ahora en un derecho fundamental de nuestra sociedad, lleva implícita la condición de constituir una actividad no lucrativa. La sociedad chilena, mediante un proceso democrático y una ley, hizo efectivo y extensivo este principio al conjunto de instituciones de educación superior cuyos organizadores estuvieran constituidos como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro.
El dictamen del TC amenaza con derrumbar este logro, pues declara inconstitucional el artículo 63 del Proyecto de Ley sobre Educación Superior. Ese artículo exigía que los controladores no tuvieran fines de lucro. La eliminación de dicho artículo permitirá que entidades o personas cuyo fin es el lucro controlen universidades. Inevitablemente ellas buscarán cumplir con el propósito que las define.
Paradojalmente, la Ley mantiene la existencia de una Superintendencia que debe impedir el lucro en Educación Superior, es decir, para evitar que las entidades controladoras cumplan su objetivo. La Ley resulta incongruente, pues mandata al Estado a erradicar el lucro en la Educación Superior, a la vez que permite que las Instituciones de Educación Superior sean controladas por instituciones o personas cuyo fin es el lucro. Se puede expresar esta inconsistencia jurídica consignando que, al eliminar el artículo 63, el lucro queda legitimado en tanto no sea pesquisado mediante la Superintendencia.
Las implicancias son previsibles. El Estado deberá entregar recursos públicos a instituciones y personas jurídicas privadas con fines de lucro, algunas de las cuales incluso cotizan en la bolsa de valores. Se transferirán recursos públicos a personas e instituciones privadas, nacionales y extranjeras, que en definitiva irán a parar a instancias que lucran. También las familias, al pagar la educación universitaria de sus hijos e hijas, estarían contribuyendo al lucro de sus controladores, en vez de contribuir a la calidad su educación.
Los rectores de las universidades estatales manifestamos nuestra desaprobación por la inconsistencia e ineficacia en que se dejaría a una ley democráticamente aprobada y altamente valorada por la sociedad. Exhortamos a las autoridades a reponer este artículo ante el Congreso Nacional”.
Reacción del CRUCH
“La decisión del Tribunal Constitucional tiene efectos gravísimos sobre el sistema de educación superior y, específicamente, sobre el financiamiento y, a partir de ahí, sobre las funciones propias de un sistema universitario”, afirmó Aldo Valle, vicepresidente Ejecutivo del CRUCH y rector de la Universidad de Valparaíso. A su juicio, se producen efectos gravísimos, pues “se priva de eficacia a la prohibición de lucro, ya que el proyecto de Reforma de la Educación Superior considera una política de gratuidad, pero establecía que tenían acceso a ella las instituciones de Educación Superior, con el supuesto de que ellas no tendrían entre sus integrantes ni entre sus controladores, a entidades lucrativas”, explicó.
Por ello, el rector advirtió que tras este fallo, instituciones que, formal y jurídicamente, se declaren sin fines de lucro, pero que, efectivamente, podrían estar controladas por entidades de carácter lucrativo – como aquéllas que pertenecen a empresas trasnacionales de la educación – tendrán acceso al financiamiento público proveniente de la política de gratuidad. En consecuencia, para Valle “vamos a quedar en una situación más precaria que la que había hasta antes de la Reforma, en que (…) estaba vigente, al menos formalmente, la norma que prohibía el lucro en la educación superior”. Por lo anterior, “es razonable entender, que si se volvió a lo que regía al 2011, se genere un rechazo social respecto de dicha situación, ahora legitimada por la decisión del Tribunal Constitucional”, puntualizó.