COMUNICADO N° 1

La Comisión creada por el Consejo Académico (Acuerdo N°2/1/2015 CA) para proponer las directrices a seguir para la modificación del estatuto de la Universidad de Magallanes (La Comisión Organizadora), acordó emitir el siguiente comunicado para informar a la comunidad universitaria respecto a su labor.

QUE SON LOS ESTATUTOS Y PORQUE SE DEBEN REFORMULAR

Los Estatutos constituyen la norma legal fundamental bajo la cual se rige todo el funcionamiento de la Universidad en el ámbito académico y administrativo y por lo tanto las acciones de todo orden y las relaciones entre sus miembros están reguladas por dicha norma. Por así decirlo, lo que la Constitución es al país, lo es el estatuto a la Universidad El actual estatuto que rigen a la Universidad (DFL 154 de 1981) corresponde a “Estatutos Tipo” establecidos por el régimen militar en 1981 para todas las nuevas Universidades estatales derivadas de la ex -Universidad Técnica del Estado y de la Universidad de Chile que tenían hasta entonces presencia en algunas regiones y que por la reforma universitaria de ese año se crearon como entidades independientes. Ello se hizo sin ninguna participación de las comunidades afectadas por las disposiciones que tales estatutos contemplaron y que en definitiva eliminaron de raíz los avances democráticos alcanzados por las reformas de fines de los años sesenta, entre otros, la autonomía y la triestamentalidad. Retornada ya hace 25 años la democracia al país, parece razonable recuperar los espacios perdidos y revisar nuestro estatuto buscando su adecuación a los nuevos tiempos y realidades del siglo XXI, de modo que los mismos no sean un freno, sino que por el contrario una palanca que impulse verdaderamente el avance de la ciencia, la tecnología y la cultura y que favorezcan el desarrollo armónico del país y sus regiones.

PARTICIPACION TRIESTAMENTAL

La Comisión, en su primera sesión constitutiva ha reivindicado los principios de democracia y participación acordando que en todo el proceso de formulación y aprobación de nuevos estatutos operará la triestamentalidad, entendida ésta como la participación de todos los miembros de la comunidad universitaria, académicos, no académicos y estudiantes, en las distintas instancias de decisión que comprenda este proceso, en su formulación y posterior aprobación. En conformidad a lo anterior informamos que en la actual Comisión participan representantes de los no académicos (funcionarios), de los estudiantes y de los académicos, estos últimos a través de los actuales Decanos electos y del presidente de la Asociación de Académicos.

TAREAS DE LA COMISION

Entre las materias objeto de análisis y proposición de esta Comisión se encuentran:
  • Definir la modalidad en que la comunidad universitaria elaborará y validará las propuestas de nuevos estatutos y la forma de tomar acuerdos y resolver materias controversiales.
  • La representatividad de los tres estamentos en la formulación y luego aprobación de los nuevos Estatutos, así como la forma de elección de los diferentes miembros en las instancias que se determinen.
  • Las materias (estructura del nuevo estatuto) a incluir en la nueva propuesta de estatutos. (Las propuestas concretas las generara otra instancia).
  • El calendario de todo el proceso

LLAMADO A PARTICIPAR

La Comisión tiene un plazo de 90 días corridos, a contar de su primera sesión, para evacuar su informe final y por este intermedio desea convocar voluntades y llamar a participar, aportando ideas, opiniones e información, en ésta y todas las instancias futuras, a TODA LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA de modo de lograr la máxima inclusividad posible.
Para ello pueden hacer llegar sus aportes al correo.

Correo:

rodrigo.gatica@umag.cl Secretario Técnico de la Comisión

COMUNICADO N° 2

La Comisión creada por el Consejo Académico (Acuerdo N°2/1/2015 CA) para proponer las directrices a seguir para la modificación del Estatuto de la Universidad de Magallanes (La Comisión reguladora o Comisión 1), informa a la comunidad universitaria respecto al avance de su labor.

PRINCIPIOS BASICOS EN LA REFORMA ESTATUTARIA

Los principios básicos que fundan la labor de la Comisión Reguladora o 1, son la triestamentalidad, la igualdad y la representatividad. Triestamentalidad en cuanto a que los nuevos estatutos se originen o cuenten al menos con la validación de toda la comunidad universitaria, es decir, de académicos, no académicos y estudiantes, sin perjuicio de que en el nuevo Estatuto se defina, a futuro, la integración de la comunidad universitaria de una forma distinta. Igualdad en cuanto a que los tres estamentos tendrán igualdad de oportunidades de integrar la Comisión elaboradora de Propuestas (Comisión Generadora o 2) y así participar en la generación de las mismas y Representatividad en cuanto a que en la elección de los integrantes, además de la pertenencia a un estamento, se tendrá en consideración la diversidad de funciones universitarias (Tipos de Contratos o Vínculos) y los espacios territoriales de desempeño (Casa Central y Centros).

REGULACION DEL TRABAJO DE LA COMISION 2.

La Comisión 1 ha juzgado pertinente aportar al trabajo de la comisión 2 una estructura temática de temas o tópicos a considerar al elaborar nuevos estatutos. Para este efecto la comisión revisó las estructuras de los estatutos vigentes y propuestos de varias Universidades, incluida la propia UMAG quien trabajó una propuesta de estatutos en el año 1994. Este trabajo de revisión concluyó con la elaboración de un índice ordenado de 10 Títulos o materias a considerar, que va desde las Disposiciones Fundamentales hasta las Disposiciones Varias, todo ello claro, sin prejuicio de la autonomía que debe tener la Comisión 2 para sumar, restar o modificar lo sugerido. Junto a lo anterior la Comisión consideró importante plantear algunas preguntas relevantes a las cuales el nuevo Estatuto debiera dar respuestas. Es así entonces que, junto con sugerir la ordenación temática, se dejaron planteadas 11 interrogantes específicas en materias de democracia universitaria, relación con el gobierno, gobernanza universitaria y aspectos de financiamiento, entre otras.

Luego, la Comisión se avocó a regular el funcionamiento de la Comisión 2 en cuanto a su composición dirección y funcionamiento y a como se van generando y aprobando las propuestas específicas del articulado de cada materia. Se acordó sugerir que la Comisión Generadora de la Propuesta de Nuevo Estatuto esté conformada por 30 personas, 10 de cada estamento, elegidas por sufragio universal de entre las personas que se inscriban como candidatos a integrarla.

Un aspecto importante de destacar es que se acordó que las deliberaciones sean públicas debiendo la comisión 2 definir la forma y modalidad de hacerlo salvaguardando el eficaz uso de los tiempos y espacios.

Se acordó finalmente que la Comisión 2 tendría, en principio, un plazo de diez meses para concluir su labor sin contar con los meses de Enero y Febrero.

Por último, se dejó abierta la posibilidad de que se presenten propuestas integrales alternativas de Estatutos sujetas a cumplir determinados requisitos que se informarían oportunamente.

VALIDACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE NUEVOS ESTATUTOS

La validación de o las propuesta(s) de Estatuto(s) corresponderá a la comunidad toda estableciendo para ello un Referéndum regulado por un TRICEL triestamental. La propuesta definitiva será aquella más votada que reúna la mayoría absoluta de los votos ponderados habida cuenta de haberse cumplido con los quórums de participación estamental pre-acordados, contemplándose al efecto la posibilidad de una segunda vuelta de votación.

LLAMADO A PARTICIPAR

Nuevamente se hace un amplio llamado a la Comunidad Universitaria a integrarse a este Proceso, ya sea postulando a ser parte de la Comisión 2, informándose debidamente o a asistiendo y contribuyendo a las discusiones que tendrán lugar en la comisión 2, todo ello con la amplitud de miras que el tema requiere para ser inclusivo, representativo y democrático. De igual manera en forma indirecta pueden hacer llegar sus aportes específicos al correo comisión.estatuto@umag.cl

Luis Poblete Davanzo
Presidente Comisión 1
Agosto 2015

COMUNICADO N° 3

El jueves 10 de diciembre pasado, el Consejo Académico aprobó el Informe Final emitido por la Comisión encargada de definir las directrices del proceso de renovación estatutaria, conocida como Comisión 1, resumen de lo que damos cuenta a continuación:

COMISION GENERADORA DE PROPUESTAS o COMISION 2

Se acordó que de acuerdo a los principios inspiradores del proceso, una Comisión triestamental, elegida democráticamente tendrá a su cargo elaborar el articulado del nuevo Estatuto. Esta comisión estará formada por 30 personas, diez de cada estamento, teniendo en ella representatividad los académicos permanentes, el personal a honorarios que cumpla ciertos requisitos, los funcionarios no académicos asegurando su representatividad por escalafón, y los estudiantes de pre y posgrado. Se contempla igualmente una representación territorial (Centros Universitarios). Un reglamento regulara esta elección. Esta Comisión definirá sus propias reglas de funcionamiento y sus sesiones serán públicas. La Comisión 1 elaboró un borrador posible de la estructura del nuevo estatuto así como planteó una decena de interrogantes a ser consideradas y discutidas por esta nueva Comisión todo lo cual se pondrá a su disposición junto a importante documentación relacionada.

CALENDARIZACION

Se ha elaborado un nuevo calendario de actividades de todo el proceso el cual continuará en lo inmediato con la elección de los miembros de la Comisión 2 que deberán trabajar durante todo el año 2016 para finalizar todo en Junio de 2017 con el envío al Ministerio de la nueva propuesta de Estatutos.

REFERENDUM

La validación de la(s) propuesta(s) de Estatuto(s) corresponderá a la comunidad toda estableciéndose para ello un Referéndum regulado por un TRICEL triestamental. La propuesta definitiva será aquella más votada que reúna la mayoría absoluta de los votos estamentales ponderados, habida cuenta de haberse cumplido con los quórums de participación estamental establecidos, contemplándose igualmente al efecto la posibilidad eventual de una segunda vuelta de votación. En este Referendúm se votaran propuestas integrales de nuevos estatutos, la generada por la comisión 2 y otras que pudiesen presentarse cumpliendo con los requisitos de adhesión que establezca el propio Reglamento del Referendúm.

JORNADA DE DIFUSION Y ELECCION DEL TRICEL PARA ELECCION DE LA COMISION 2

Considerando la conveniencia de no atrasar el calendario previsto del proceso se hará una jornada de difusión del avance del mismo el día 11 de enero 2016 de Diciembre en el Auditorio Livacic a las 10 AM. En la ocasión se elegirán por sorteo los seis miembros titulares y seis suplentes (4 de cada estamento) que tendrán a cargo la conducción del proceso de elección de los miembros de la Comisión 2 Generadora. Este Tricel junto a la Secretaria de la Universidad debería constituirse antes del receso de verano para ya en marzo, fijar las pautas de la elección a llevarse a cabo en fecha a determinar de modo que la Comisión inicie su trabajo en Abril a más tardar.

INVITACION A INTEGRAR LA COMISION GENERADORA

Se considera que el éxito de este proceso radica en la motivación y voluntad de contribuir de la comunidad universitaria en las diferentes fases. Por ello se hace un llamado a prepararse e informarse sobre los diversos temas estatutarios para hacerse oír en su momento, por la comisión 2. Pero mejor aún, se solicita estar atentos al llamado a inscribirse para ser considerado candidato elegible para integrar la propia comisión y así contribuir directamente a los propósitos de la misma.

RECTOR
PRESIDENTE CONSEJO ACADEMICO

COMUNICADO N° 4

El proceso de renovación estatutaria ha seguido su curso en forma lenta pero segura. Durante 2016 se procedió a elegir democráticamente a los integrantes de la comisión 2 o Comisión Generadora de conformidad a los lineamientos y principios acordados por la Comisión 1 o Reguladora. La Res.205/SU/2016 del 21/10/2016 oficializó a sus 30 integrantes y ha venido trabajando desde entonces, no sin dificultades, principalmente por la poca participación del estamento estudiantil en un comienzo. A la fecha la Comisión Generadora ha elaborado su reglamento de funcionamiento y avanzado en tres de los 12 posibles capítulos previstos para los nuevos estatutos. Dado los problemas de integración de los miembros se resolvió mediante Res. 095 de 1/6/2017 complementar la Res 205/SU/2016 integrando a mas estudiantes los cuáles fueron propuestos por sus bases. Sin embargo, habiendo persistido en el tiempo las ausencias de varios de sus miembros, algunas de ellas por razones atendibles, en agosto pasado se acordó modificar el reglamento de funcionamiento, permitiendo el reemplazo de los integrantes por 11 causales, en una forma similar a como se eligieron los titulares, esto es por un proceso eleccionario vía digital que genere una lista de prelación para cubrir vacantes por estamento.

Es por esto que se ha calendarizado una nueva elección e integración de nuevos miembros en cada estamento, para lo cual SE INVITA A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD A FORMAR PARTE DE ESTA IMPORTANTE TAREA manifestando su interés en la Secretaria de la Universidad hasta el día 8 de Octubre, 12 horas. Por último, se informa que la Comisión se reúne periódicamente los días viernes en la sala N1 del Patio Sarmiento de Gamboa, Edificio de Humanidades, siendo sus sesiones públicas solo sujetas a la capacidad del recinto y al ingreso a ella en los primeros 15 minutos.

MESA EJECUTIVA CGE
Septiembre 12 de 2017

COMUNICADO N° 5

La Comisión encargada de proponer los nuevos Estatutos para la Universidad de Magallanes desea hacer pública su preocupación por el estado actual de avance de la discusión parlamentaria respecto al Proyecto de Ley sobre Universidades Estatales (boletín 11.329), el cual se encuentra en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados. En lo general, llama la atención el grado de detalle con que se determinan los órganos y funciones de los cuerpos colegiados y las autoridades que conforman el Gobierno Universitario, especificaciones que limitan el ejercicio de las potestades relativas a la autonomía universitaria, concepto tan tradicional como propio de estas instituciones públicas y republicanas. Dicho principio, en cuanto a lo normativo y administrativo, sostiene que las autoridades universitarias tienen plena facultad de autodeterminación y su acción debe encaminarse siempre al cumplimiento de los fines propiamente universitarios especificados en la ley de su creación y en su estatuto.
En lo particular dos artículos de dicho proyecto relativos a Gobierno Universitario llaman nuestra especial atención:
1.- Articulo 10. Integrantes del Consejo Superior
Conforme a las ultimas Indicaciones enviadas por el Ejecutivo, este órgano colegiado, el máximo ente decisorio de la Institución, está compuesto por 9 miembros entre representantes del Presidente(a) de la Republica (3), representantes de la Universidad (4), un egresado (1) y el Rector (1). La Comisión estima que reconociendo el derecho de que la sociedad esté representada por miembros designados por el Gobierno en un máximo de un tercio de sus integrantes, el resto de ellos, en número y representación, debería quedar a lo que establezcan sus propios estatutos, sin perjuicio de que mientras estos se reformulen, opere la forma de integración propuesta en la redacción de esta indicación sustitutiva. En subsidio de lo anterior, la comisión es de opinión que:
1.- Se asegure la participación triestamental en este Consejo Superior.
2.- La suma de sus miembros sea impar a fin de evitar el voto dirimente de su Presidente en caso de empates.
3.- El Consejo Superior sea presidido por aquel integrante que el mismo Consejo determine y por el plazo que él mismo fije.
2.- Artículo 17. Elección del Rector
El Gobierno mantiene la forma de elección establecida en la ley 19. 305 aun cuando la mayoría de los actores, académicos, no académicos y estudiantes han manifestado su profundo rechazo a dicha norma. Con la dictación de la ley 20.843 se abre la posibilidad de derogar la actual ley normativa de la elección del Rector(a) e incluir en esta ley un mecanismo de elección democrático e inclusivo que sea consecuente con la necesidad de alcanzar mayores niveles de participación e involucramiento de quienes, en este caso, están primariamente llamados a cumplir los objetivos que ella tiene, según se declaran en el Mensaje que dio origen a este proyecto de ley de Universidades Estatales.

COMISION GENERADORA NUEVOS ESTATUTOS
Octubre 23 de 2017

COMUNICADO N° 6

En los próximos meses, la ciudadanía se volcará a las urnas para decidir si mantiene o cambia la actual Constitución de la República. Este proceso constituyente es una experiencia que algunas Instituciones de Educación Superior ya habíamos iniciado, a propósito de la Ley N°21.094 sobre Universidades Estatales. Así como la Carta Fundamental chilena, los Estatutos que rigen la actividad universitaria fueron redactados a inicios de los ’80, por lo que dicha reforma legal recogió las demandas por actualizarlos.
Incluso, previo al diseño de esta normativa, hubo intentos al interior de la Universidad de Magallanes por cambiar su marco regulatorio. No obstante, este proceso público y participativo se inició a propósito de la discusión legal, primero, con la Comisión encargada de establecer las directrices para la renovación de Estatutos, formalizada en marzo de 2015, y luego, con la Comisión Generadora de Propuestas de Nuevos Estatutos para la Universidad de Magallanes, oficializada en octubre de 2016. Diez representantes del mundo estudiantil, diez del académico y diez del administrativo, cada uno con seis horas semanales asignadas al trabajo estatutario, dieron el sello de triestamentalidad que ha identificado a este trabajo desde un principio hasta hoy.
La Universidad regional extrema a la que pertenecemos, fue una de las primeras en tomar acción en esta materia. De hecho, nuestra experiencia ha sido requerida como referente nacional para los procesos iniciados, recientemente, por las Universidades de Tarapacá, de Antofagasta, de Atacama y del Bío-Bío, así como también por la Asociación Nacional de Trabajadores de Universidades Estatales y el Consorcio de Universidades del Estado de Chile.
Al mes de enero de 2020, llevamos más del 60% de avance. Ya revisamos los títulos de Disposiciones fundamentales, Autonomía universitaria, Misión, ámbito de acción, principios y funciones de la Universidad, Comunidad universitaria y Gobierno universitario. Destacan entre sus líneas un órgano denominado Defensoría Universitaria, encargado de difundir, vigilar y defender el respeto de los derechos y deberes universitarios, así como también la participación triestamental en todos los cuerpos colegiados, con derecho a voz y a voto.
En el seno de esta Comisión, estamos pensando la Universidad del futuro. Y si bien nuestra conformación se inspira en principios democráticos, siempre será más representativo nuestro trabajo si participan ustedes, integrantes de la comunidad universitaria. Por eso, les invitamos a participar de las sesiones que realizamos cada viernes, entre las 11:00 y las 13:00 hrs., en la Sala de Consejo de la Facultad de Educación y Ciencias Sociales, así como también a informarse a través del sitio web http://umag.cl/estatutos/.
Lo anterior será vital para una participación informada en el referéndum que se efectuará a mediados de este año, donde cada persona podrá votar por respaldar o rechazar el documento que generaremos como Comisión y que, antes, pasará por revisión jurídica y adaptación al lenguaje inclusivo, así como por una etapa de socialización con toda la comunidad. En resumen, estamos por vivir las últimas etapas de este proceso, en un año relevante para la democracia de todo el país. Les invitamos a ser protagonistas.

Comisión Generadora de Propuesta de un Nuevo Estatuto para la Universidad de Magallanes
enero 24 de 2020